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EDUCACIÓN (Especialistas. Ayudas. Navarra) RESOLUCIÓN 315/2001, de 4 de abril, del Departamento de Educación, por la que se convocan las ayudas correspondientes a las Acciones descentralizadas de la segunda fase del Programa Sócrates de la Unión Europea: Acción 6.2: Observación e Innovación: Visitas de estudio Arión para responsables en la toma de decisiones en materia de educación. El Programa Sócrates es el programa de acción comunitario en materia de educación de la Unión Europea para la cooperación transnacional en el ámbito de la educación y encuentra su fundamento jurídico en los artículos 149 y 150 del Tratado de Amsterdam, según los cuales la Comunidad Europea "contribuirá al desarrollo de la calidad de la educación por medio de la cooperación entre los Estados Miembros, y, si fuese necesario apoyando y completando su acción". La segunda fase del Programa "Sócrates" fue aprobada por Decisión 253/2000/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 24 de enero de 2000 (Diario Oficial de las Comunidades Europeas (D.O.C.E.) número L28, de 3 de febrero de 2000), para el período comprendido entre el 1 de enero de 2000 y el 31 de diciembre de 2006. Pamplona, cuatro de abril de dos mil uno.-El Director General de Educación, Santiago Arellano Hernández. A N E X O 1.-Objeto de la convocatoria. La
acción Arión tiene como objetivo principal la realización de visitas
transnacionales de estudio para el intercambio de información y de
experiencias educativas, a fin de que la diversidad y las
particularidades de sus sistemas educativos se conviertan en una fuente
de enriquecimiento y de estímulo recíproco. Las visitas de estudio
Arión facilitan el intercambio de información y experiencias entre
responsables de la toma de decisiones en educación sobre temas de
interés común en los ámbitos de la educación primaria, secundaria,
técnica y profesional. Estas visitas deberán tener un efecto
multiplicador en la comunidad educativa. La Comisión Europea publicará
un catálogo de visitas Arión para el período comprendido entre
septiembre de 2001 y mayo de 2002. Los solicitantes elegirán la visita
de estudio que más se adecue a su situación. 2.-Solicitudes
y requisitos de los destinatarios. Podrán
solicitar estas ayudas los funcionarios en activo destinados en la
Comunidad Foral de Navarra y que realicen funciones de administradores e
inspectores educativos, asesores técnico docentes y miembros del equipo
directivo de centros escolares, todos ellos vinculados profesionalmente
a cualquiera de los tipos y niveles de enseñanza, a excepción del
universitario. Requisitos: 1.
Estar en servicio activo. 2.
Los candidatos deberán tener un buen conocimiento de una de las lenguas
de trabajo de la visita solicitada. 3.
No haber disfrutado de estas ayudas en los últimos tres años. 4.
Que el curso que se solicita tenga relación con el trabajo que se
desempeña. 5.
Las visitas de estudio que se realicen en España no podrán ser
solicitadas. 3.-Ayudas
económicas. Las
ayudas se asignarán para contribuir a los gastos de viaje y estancia,
ocasionados por la realización de las visitas de estudio. La cuantía
será como máximo de 1.000 euros dependiendo de la distancia entre el
punto de origen y el de la visita a efectuar. En el caso de que los
gastos totales fueran inferiores al presupuesto estimado, la subvención
máxima se limitará a los gastos reales que puedan ser subvencionados
tal como se definen en la Guía del Candidato. La subvención no podrá
en ningún caso producir beneficios. 4.-Justificación y percepción de la ayuda. La
Agencia Nacional Sócrates subscribirá un convenio financiero
directamente con los beneficiarios a fin de realizar el pago de la
ayuda, de acuerdo con la Orden ministerial 23057 de 27 noviembre de 2000
("Boletín Oficial del Estado" de 19 de diciembre de 2000.) Los beneficiarios de la ayuda estarán obligados a: a) Notificar las fechas de desplazamiento al Servicio de Enseñanzas de Régimen Especial y Nuevas Tecnologías del Departamento de Educación a efectos de la concesión del correspondiente permiso. b) Comunicar, en su caso, la obtención de ayudas para la misma finalidad de otras administraciones o entes públicos o privados, nacionales o internacionales. c) Someterse a las actuaciones de control financiero que correspondan y a las de comprobación que puedan efectuar las respectivas administraciones, la Agencia Nacional Sócrates y la Comisión Europea. d) Justificar la correcta inversión de la ayuda recibida, enviando la memoria económica (acompañada de los justificantes originales correspondientes) a la Agencia Nacional Sócrates, Ministerio de Educación, Cultura y Deportes, Paseo del Prado, 28, 28014 Madrid, de acuerdo con los términos y plazos fijados en el convenio correspondiente, así como una copia de la memoria pedagógica de la actividad realizada. e) Enviar al Servicio de Enseñanzas de Régimen Especial y Nuevas Tecnologías del Departamento de Educación, en los 20 días siguientes a la finalización de las actividades, una memoria pedagógica, así como copia de la memoria económica. La
falta de justificación de la ayuda percibida comportará el reintegro
de la cantidad no justificada, así como de los intereses de demora, a
la Agencia Nacional Sócrates, sin perjuicio de las responsabilidades
administrativas en que pudiera incurrir la persona beneficiaria, de
acuerdo con lo dispuesto en la vigente Ley General Presupuestaria y la
normativa comunitaria. Cualquier
alteración de las condiciones valoradas para la adjudicación de las
ayudas, así como la renuncia a la ayuda, debe comunicarse al Servicio
de Enseñanzas de Régimen Especial y Nuevas Tecnologías del
Departamento de Educación y Cultura, y supondrá la correspondiente
modificación de la Resolución de la concesión, siempre que no
implique un aumento de la cuantía de la ayuda. 5.-Documentación
y presentación de las solicitudes. Los
solicitantes deberán presentar originales o fotocopias compulsadas de
los siguientes documentos: a)
Formulario de candidatura. Se presentarán 2 ejemplares del formulario
de solicitud, un ejemplar en español y otro en inglés. b)
Fotocopias compulsadas que acrediten los méritos evaluables (punto
8.º). c)
Fotocopia del D.N.I. del solicitante. d)
Datos bancarios del solicitante. e)
Acreditación de los conocimientos de las lenguas extranjeras
comunitarias y, especialmente, la lengua en que se desarrolla el curso. f)
Justificación de la relación entre el tema elegido y el perfil
profesional del solicitante. g)
Proyecto sobre la estrategia para difundir la información y las
experiencias adquiridas en la visita de estudio. h)
Relación numerada de los documentos que aporta. i)
Declaración jurada de no haber participado en el Programa Sócrates (Comenius
3.2., Lingua B, Arión) en los tres años anteriores. Las
personas que reúnan las condiciones mencionadas formularán sus
solicitudes de participación por medio de instancia y formulario, que
pueden recogerse en el Negociado de Información y Documentación del
Departamento de Educación y Cultura (Cuesta de Santo Domingo, s/n,
31001 Pamplona). También
se pueden encontrar en las siguientes direcciones de Internet: http://www.mec.es/sgpe/socrates
http://europa.eu.int/comm/education/socrates/arion/i
ndex.html Los
formularios de solicitud, la Guía del Candidato, la Convocatoria
General de Propuestas para 2001, y el catálogo de cursos estarán a
disposición de las personas interesadas en el Servicio de Enseñanzas
de Régimen Especial y Nuevas Tecnologías del Departamento de
Educación (correo electrónico: lperezle@pnte.cfnavarra.es/eechenie@pnte.cfnavarra.es)
La
solicitudes para optar a estas ayudas se presentarán en el Registro del
Departamento de Educación y Cultura o en el Registro General del
Gobierno de Navarra y deberán estar dirigidas al Director del Servicio
de Enseñanzas de Régimen Especial y Nuevas Tecnologías. También
podrá utilizarse para la presentación de solicitudes cualquiera de las
dependencias previstas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de
Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común. En el caso de que los solicitantes optaran por
presentar su solicitud en una oficina de correos, lo harán en sobre
abierto para que la instancia sea fechada y sellada por el funcionario
de correos antes de ser certificada. 6.-Plazo de presentación de solicitudes. El
plazo de presentación de solicitudes será hasta el 2 de mayo de 2001.
Es
imprescindible que conste en la solicitud la fecha de entrada en el
Registro o de entrega en Correos. 7.-Selección
de solicitudes. El
estudio y valoración de las solicitudes y propuesta de resolución
corresponde a una Comisión Técnica de Selección formada por los
siguientes miembros: -Presidente:
El Director del Servicio de Enseñanzas de Régimen Especial y Nuevas
Tecnologías o persona en quien delegue. -Vocales:
La Jefe de la Sección de Enseñanzas de Régimen Especial y Lenguas
Extranjeras. -La
Jefe de la Unidad Técnica de Promoción de Lenguas Extranjeras. -Un
Asesor Técnico de este Servicio. La
Comisión verificará que las solicitudes recibidas se ajustan a las
características concretas de cada tipo de ayuda y evaluará los
proyectos según los criterios establecidos en la Guía del Candidato y
en la presente Resolución. 8.-Selección
y procedimiento de resolución. Las
solicitudes presentadas serán evaluadas por la Comisión nombrada en
función de los criterios siguientes: Méritos:
1.-Relación directa de las funciones profesionales que se desarrollan
con el tema de las visitas solicitadas. Puntos: Hasta 2 puntos.
Documentación: Informe de la Dirección del Centro o Servicio de
Inspección. Méritos:
2.-Relación directa con otros agentes del sistema educativo a los que
difundir la experiencia. Puntos: Hasta 2 puntos. Documentación: Informe
de la Dirección del Centro o Servicio de Inspección. Méritos:
3.-Proyecto relativo a posibles estrategias para difundir los resultados
obtenidos con la experiencia, máximo de dos folios. Puntos: Hasta 2
puntos. Documentación: Proyecto visado por la Dirección del Centro o
Servicio de Inspección. Méritos:
4.-Conocimiento de otras lenguas oficiales comunitarias Puntos: Hasta 2
puntos. Documentación: Certificado acreditativo firmado por la
autoridad o institución competente. Méritos:
5.-Participación en cursos de formación europeísta, excepto la
participación anterior en la acción Arión; trabajo sobre la
dimensión europea de la educación (proyectos, publicaciones, etc.).
Puntos: Hasta 2 puntos. Documentación: Certificado acreditativo firmado
por la autoridad o institución competente. 9.-Resolución
de la convocatoria. El
Departamento de Educación y Cultura del Gobierno de Navarra publicará
la resolución provisional en el Tablón de Anuncios. Contra esta
resolución se podrán presentar reclamaciones en el plazo de 10 días,
a partir de la fecha de su exposición.. Una vez estudiadas, y en su
caso, admitidas las reclamaciones, la Comisión Seleccionadora elevará
la propuesta priorizada, a la Agencia Nacional Sócrates, responsable de
la gestión financiera del Programa en España. Finalmente, el Director General de Educación resolverá con carácter definitivo la presente convocatoria y dispondrá su publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra. 10.-Condiciones
de realización de las visitas de estudio Arión. La
Oficina de Asistencia Técnica Sócrates y Juventud (B.A.T.) de Bruselas
notificará al interesado la adscripción concreta a una visita de
estudio mediante una carta de invitación formal y documentación sobre
el país de la visita, el tema elegido y el objeto de estudio. Posteriormente,
el país de acogida ampliará esa información poniéndose directamente
en contacto con los interesados. En el caso de que un candidato decida retirarse del Programa deberá informar inmediatamente a la Agencia Nacional Sócrates de Bruselas y al Servicio de Enseñanzas de Régimen Especial, a efectos de su sustitución. Asimismo, deberá informar al país de acogida si la imposibilidad de participar sobreviene una vez establecido un primer contacto, y a la Agencia Nacional Sócrates de Madrid, en caso de haber suscrito el correspondiente convenio financiero. 11.-Acreditación
y reconocimiento de la formación. La
participación en una visita de estudio ARION, así como la
organización de una visita de estudio ARION (hasta dos organizadores),
tendrá la consideración de formación permanente a los efectos
previstos en la Orden de 26 de noviembre de 1992, por la que se regula
la convocatoria, reconocimiento, certificación y registro de las
actividades de formación permanente. Se podrán reconocer treinta y cinco horas en el caso de los participantes y treinta horas en el caso de los organizadores de visitas ARION en España. 12.-Retirada
de la documentación. Una
vez publicadas las resoluciones definitivas y alcanzada la firmeza de la
misma, la documentación podrá retirarse en el Departamento de
Educación y Cultura hasta transcurridos tres meses desde la fecha de
publicación, por los interesados o por persona autorizada. También se
podrá solicitar su devolución por correo. Transcurridos estos plazos
se procederá a la destrucción de la documentación. 13.-Recursos.
Contra la presente convocatoria y los actos que de ella se deriven, los interesados podrán interponer recurso ordinario ante el Gobierno de Navarra en el plazo de un mes, a partir del día posterior al de su notificación. -- -- A0103749 -- (“BON” 23-4-2001) |